Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 21 dic 2023
Se establece la sede principal de la Casa de la Arquitectura en Madrid. No obstante, se podrán establecer otras sedes, permanentes o temporales, en cualquier lugar del territorio nacional, de manera coordinada con la sede principal con el fin de dar mejor cumplimiento a los objetivos de la institución.
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eli/es/rd/2023/12/19/1125#art-4