Art. 13

Art. 13

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En vigor desde 7 nov 2024
Para el adecuado funcionamiento del Museo, las funciones y servicios del mismo se integran en las siguientes áreas básicas de trabajo dependientes de la Dirección del Museo: a) Conservación e investigación. b) Difusión. c) Administración. Estas áreas básicas cumplirán las funciones y objetivos especificados en el capítulo VI del Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos.
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