Art. Disposición adicional decimonovena

Art. Disposición adicional decimonovena

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En vigor desde 7 nov 2024
Los órganos colegiados que se regulan en este real decreto se regirán por lo establecido en materia de órganos colegiados en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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