Art. Disposición adicional sexta

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 8 jul 1999
Se declara vigente la Orden de 8 de marzo de 1989, de delegación de competencias en el Subsecretario de Economía y Hacienda, si bien las referencias al Estatuto se entenderán hechas a su nueva numeración: artículo 8, apartados 4, 5, 8 y 10, y artículo 10. Lo dispuesto en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de su posterior modificación, por norma de igual o superior rango a la citada Orden.
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