Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional tercera
23 / 31En vigor desde 20 sept 2018
Respecto de las lenguas de signos españolas y los medios de apoyo a la comunicación oral, los sitios web y las aplicaciones móviles tendrán en cuenta lo que disponga específicamente la Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas y sus normas de desarrollo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2018/09/07/1112#disposicion-adicional-tercera