Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 29
44 / 45En vigor desde 1 ene 2016
1. La ANECA, en el ejercicio de sus actividades, se somete a la normativa de protección de datos de carácter personal, en particular a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y a las disposiciones que la desarrollan.
2. Para la elaboración de ficheros y bases de datos, la ANECA podrá solicitar la colaboración y apoyo de las Comunidades Autónomas, las Universidades, los Organismos Públicos de Investigación y otros organismos de investigación, y de otras Administraciones públicas, y contar con la información necesaria que dichas instituciones y organismos le faciliten, a los efectos de poder ejercer las funciones que le corresponden, de acuerdo con este Estatuto.
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Proeli/es/rd/2015/12/11/1112#art-29