Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 85En vigor desde 29 ene 1986
El Consejo del Patrimonio Histórico tiene como finalidad esencial facilitar la comunicación y el intercambio de programas de actuación e información relativos al Patrimonio Histórico Español entre las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas.
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Proeli/es/rd/1986/01/10/111#art-2