Art. Disposición transitoria primera
50 / 51En vigor desde 31 jul 1993
La aplicación del artículo 25, referente a la elección de cargos académicos, se iniciará en diciembre de 1994, fecha en que termina el primer mandato del actual Director. A partir de entonces, en años sucesivos será elegido el resto de los cargos académicos, de acuerdo con las previsiones que establezca el Reglamento.
Hasta ese momento continuarán en sus cargos quienes actualmente los desempeñen. Cumplido ese plazo, se considerará agotado el primero de los dos mandatos sucesivos previstos en el artículo 25.
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Proeli/es/rd/1993/07/09/1109#disposicion-transitoria-primera