Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 18 dic 2020
Se autoriza a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo y a la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones generales y resoluciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este real decreto.
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