Art. 2
Título TÍTULO I

Art. 2

2 / 63
En vigor desde 18 dic 2020
Quedan incluidos en el ámbito de aplicación del presente real decreto los consumidores eléctricos con un uso intensivo de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica y una curva de consumo estable y predecible, que cumplan los requisitos establecidos en el título II y que obtengan la certificación de la condición de consumidor electrointensivo de acuerdo con lo dispuesto en el mismo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/12/15/1106#art-2