Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 17 dic 2020
1. Se crea la Comisión de Coordinación en materia de investigación entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, el Ministerio de Universidades y el Ministerio de Sanidad (en adelante, la Comisión de Coordinación), como órgano colegiado interministerial, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 2. La Comisión de Coordinación tiene por objeto la adopción de las medidas necesarias para coordinar las actuaciones de los Ministerios de Ciencia e Innovación, de Universidades y de Sanidad y garantizar el funcionamiento cohesionado de la Administración General del Estado en materia de investigación.
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eli/es/rd/2020/12/15/1105#art-1