Art. 26
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 26

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En vigor desde 31 oct 2024
En el marco de la política de recursos humanos de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., y conforme a los principios establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se establecerá un sistema de evaluación que sirva de instrumento objetivo para la valoración del desempeño del puesto de trabajo, a efectos retributivos y de carrera profesional del personal al servicio de la Autoridad. El correspondiente sistema de evaluación permitirá valorar los rendimientos colectivos de las unidades, así como realizar una valoración individual del desempeño de cada puesto de trabajo, y deberá prever las consecuencias asociadas al grado de incumplimiento de los objetivos establecidos.
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eli/es/rd/2024/10/29/1101#art-26