Art. 21
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Recogida separada de RAEE por las Entidades Locales y su gestión

Art. 21

22 / 79
En vigor desde 22 feb 2015
1. La gestión de los RAEE recogidos en las instalaciones de las Entidades Locales, se podrá organizar por fracciones de recogida, para realizar la gestión a través de gestores sin la intermediación de la oficina de asignación prevista en el artículo 56, o a través de esta oficina. 2. Cuando las Entidades Locales opten por organizar la gestión de todas o algunas de las fracciones de los RAEE que recojan sin la intermediación de la oficina de asignación, informarán a ésta de su intención antes de que se inicie el año natural. Esta decisión tendrá una duración mínima anual. 3. Los productores de AEE podrán llegar a acuerdos con las Entidades Locales sobre los gestores que realizarán la recogida desde las instalaciones, la preparación para la reutilización y el tratamiento específico. 4. Se priorizará la aplicación de la jerarquía en la gestión de residuos y del principio de proximidad en la gestión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2015/02/20/110#art-21