Art. Preambulo
En vigor desde 17 sept 1994
El Decreto de 12 de marzo de 1948, que regula la investigación de accidentes y el auxilio de aeronaves, fue en gran parte derogado por el Decreto 959/1974, de 28 de marzo, sobre investigación e informe de los accidentes de aviación civil. Las reorganizaciones habidas en la Administración del Estado desde entonces, entre ellas, la separación de los órganos administrativos competentes en la regulación y gestión de la aviación civil y la militar, la creación del Ministerio de Defensa, la supresión de la Jurisdicción Penal Aeronáutica, así como el tiempo transcurrido desde la publicación de la Orden ministerial 722/1965, de 30 de marzo, por la que se organiza la «seguridad de vuelo» y la investigación técnica de accidentes de aeronaves militares españolas, y la dotación de medios aéreos al Ejército de Tierra, a la Armada y la Guardia Civil, hacen necesario actualizar la regulación de las investigaciones y de los informes técnicos a realizar, cuando ocurra un accidente a una aeronave militar, en orden a esclarecer las circunstancias en que se produjo, determinar las causas y concretar las consecuencias, así como las medidas preventivas a tomar para evitarlos en el futuro dentro de los planes y programas de la seguridad de vuelo.
Para ello es preciso disponer de un órgano técnico, dotado de personal cualificado y en disposición de actuar de forma inmediata, para investigar los accidentes que sufran las aeronaves militares y, consecuentemente, tomar las medidas de prevención precisas.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa, con la conformidad de los Ministros de Justicia e Interior y de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de mayo de 1994,
DISPONGO:
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Proeli/es/rd/1994/05/27/1099#preambulo-preambulo