Art. Disposición final cuarta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 11 dic 2020
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
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