Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Finalización del procedimiento. Resolución de convalidaciones
Art. Disposición final segunda
22 / 24En vigor desde 31 dic 2020
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
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