Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Finalización del procedimiento. Resolución de convalidaciones

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 31 dic 2020
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
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