Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 21 oct 2001
Se crea el Colegio de Huérfanos de la Armada «Nuestra Señora del Carmen», como consecuencia de la unificación de los dos colegios de huérfanos propiedad de la Asociación y de la Institución Benéfica, respectivamente. El gobierno y administración de este colegio serán ejercidos por el Patronato u otra entidad a la que éste los confíe.
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