Art. 37
Libro Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la DefensaTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Concurso

Art. 37

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En vigor desde 31 dic 2017
1. En caso de inmuebles cuya forma de enajenación sea el concurso, se aplicarán las normas sobre esta materia contenidas en el título V, capítulo II, del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto. 2. No obstante lo anterior, la enajenación de las viviendas militares se regirá por lo dispuesto en el capítulo III de este título.
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eli/es/rd/2017/12/29/1080#art-37