Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 15 jul 2008
Las infracciones cometidas contra lo dispuesto en este real decreto serán sancionadas de acuerdo con el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.
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eli/es/rd/2008/06/27/1079#art-6