Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 19 oct 2002
El presente Real Decreto tiene el carácter de norma básica, dictada al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.16.ª de la Constitución y en desarrollo de los artículos 24, 25.2, 32 a 37, 40.5 y 40.6 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
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