Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 1 ene 2015
Queda derogado el Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural, y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo.
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eli/es/rd/2014/12/19/1078#disposicion-derogatoria-unica