Art. 83
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 9.ª Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico

Art. 83

83 / 120
En vigor desde 1 ene 2016
1. Se concederá una ayuda a los titulares de explotaciones de ganado ovino y caprino que hayan mantenido derechos especiales en 2014, y no dispongan de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago en el régimen de pago básico. 2. La dotación presupuestaria total que se destinará cada año a esta medida será la que se recoge en el anexo II de este real decreto. 3. El límite cuantitativo aplicable a esta medida es de 1.075.355 animales. Se modifica el apartado 1 por el .30 del Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-14282 . Se modifica el apartado 3 por el .2 del Real Decreto 320/2015, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2015-4521 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2014/12/19/1075#art-83