Art. Disposición adicional segunda
3 / 64En vigor desde 13 jun 2026
Quedan suprimidos los siguientes órganos operativos:
a) Subdirección General de Infraestructuras.
b) Subdirección General de Coordinación de la Seguridad Ferroviaria.
c) División de Administración.
Se modifica por el .1 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#ad-7
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2014/12/19/1072#disposicion-adicional-segunda