Art. 16
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Estructura organizativa

Art. 16

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En vigor desde 12 dic 2025
1. La Agencia contará, bajo la dependencia jerárquica de la persona titular de su Dirección, con una Dirección de Gestión Científica y Tecnológica, una Dirección de Programación y Seguimiento Económico, una Secretaría General y una Unidad de Apoyo. 2. La Dirección de Gestión Científica y Tecnológica contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Evaluación, la Subdirección de Programas Temáticos y la Subdirección de Programas Horizontales e Internacionalización. 3. La Dirección de Programación y Seguimiento Económico contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Procedimientos de Concesión, la Subdirección de Seguimiento Económico y la Subdirección de Fondos Europeos. 4. La Secretaría General contará con la Subdirección de Gestión Económica de Ayudas. 5. Los titulares de la Secretaría General, direcciones y subdirecciones indicadas en este artículo tendrán la consideración de personal directivo a los efectos del artículo 30. Se modifica por el art. único.12 del Real Decreto 1122/2025, de 10 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-25269

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Pro

eli/es/rd/2015/11/27/1067#art-16