Libro REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTUACIONES Y LOS PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN E INSPECCIÓN TRIBUTARIA Y DE DESARROLLO DE LAS NORMAS COMUNES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS›Título TÍTULO VII
Art. Disposición adicional decimotercera
254 / 264En vigor desde 1 ene 2016
(Suprimida) .
Téngase en cuenta que esta disposición se suprime por la disposición final 1.1 del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre. Ref. BOE-A-2015-12399 ., con efectos de 1 de enero de 2016. Redacción anterior: "El porcentaje a que se refiere el artículo 46.1.c) de este reglamento será del 25 por ciento partir del 1 de enero de 2011."
Se suprime, con efectos de 1 de enero de 2016, por la disposición final 1.1 del Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre. Ref. BOE-A-2015-12399 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/07/27/1065#disposicion-adicional-decimotercera