Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

10 / 11
En vigor desde 5 nov 2024
El pleno de la Comisión Interministerial de Voluntariado se constituirá en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto. En su primera sesión se determinará el plazo de constitución de la comisión permanente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2024/10/15/1061#disposicion-adicional-tercera