Libro ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN DE ESPAÑA›Título TÍTULO IV
Art. 55
58 / 64En vigor desde 8 nov 2017
La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España promoverá la fundación de Academias Correspondientes en los Estados iberoamericanos. Igualmente, promoverá con otras Academias la comunicación de obras y noticias del movimiento bibliográfico y de las reformas legislativas, así como la discusión de cuestiones relacionadas con el Derecho.
Se modifica por el art. único.3.24 del Real Decreto 919/2017, de 23 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12797
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Proeli/es/rd/2005/09/08/1058#art-55