Art. 48
Libro ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN DE ESPAÑATítulo TÍTULO IV

Art. 48

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En vigor desde 28 sept 2005
Los Académicos de Número se reunirán, con carácter ordinario, el día o los días de la semana que el Pleno haya fijado. Podrán suspender las sesiones académicas durante los meses de julio, agosto y septiembre. No obstante, cuando concurran circunstancias extraordinarias y urgentes, los Académicos de Número podrán reunirse cualquier otro día.
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