Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 31 dic 2022
Este real decreto se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección.
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eli/es/rd/2022/12/27/1057#disposicion-final-primera