Art. 3

Art. 3

3 / 11
En vigor desde 31 dic 2022
Las directrices contenidas en este Plan Director tienen carácter orientador para su aplicación a escala de cada espacio marino protegido que voluntariamente se incorpore a la Red. Estas directrices se consideran el denominador común de la gran diversidad de espacios marinos protegidos que integren la RAMPE.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/27/1056#art-3