Título TÍTULO IV
Art. Disposición transitoria quinta
62 / 69En vigor desde 29 dic 2022
En el caso de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor en materia de envases comerciales e industriales constituidos por productores para los que no existía la obligación de participar en un sistema integrado de gestión, conforme a lo previsto en la Ley 11/1997, de 24 de abril, la aplicación de los criterios de modulación previstos en el artículo 23.3 será obligatoria a más tardar en un plazo de dos años desde su autorización.
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Proeli/es/rd/2022/12/27/1055#disposicion-transitoria-quinta