Art. Disposición final segunda
21 / 23En vigor desde 17 dic 2021
Se añade un párrafo al final del apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021, con la siguiente redacción:
«Los plazos y obligaciones contenidos en este apartado finalizarán en caso de jubilación de cualquiera de los titulares de la explotación.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/11/30/1055#disposicion-final-segunda