Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria primera
26 / 31En vigor desde 30 dic 2022
Los expedientes correspondientes a la autorización de explotaciones en fase de tramitación sobre los que no haya recaído resolución firme en vía administrativa, pero hubieran satisfecho todos y cada uno de los trámites necesarios para iniciar la construcción de las instalaciones directamente implicadas en el proceso de producción con anterioridad al 6 de abril de 2022, fecha en que la presente norma finalizó el trámite de audiencia pública, se resolverán conforme a la normativa en vigor en el momento en el que se produjo el cumplimiento de dichos trámites.
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Proeli/es/rd/2022/12/27/1053#disposicion-transitoria-primera