Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 3 dic 2020
Conforme a lo dispuesto en los artículos 20.1, 41, 43.2, y 46 bis de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, se crean y se constituyen los siguientes juzgados: a) Un Juzgado de Primera Instancia: Número 9 de Burgos. b) Un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción: Número 9 de Toledo. c) Quince Juzgados de lo Social: Número 5 de Córdoba. Número 4 de Huelva. Número 6 de Palma de Mallorca. Número 8 de Zaragoza. Número 11 de Las Palmas de Gran Canaria. Número 9 de Santa Cruz de Tenerife. Número 2 de Cuenca. Número 4 de Toledo. Número 4 de León. Número 5 de Castellón de la Plana. Número 7 de A Coruña. Número 4 de Lugo. Número 7 de Vigo. Número 5 de Badajoz. Número 45 de Madrid. d) Trece Juzgados de lo Mercantil: Número 2 de Cádiz. Número 2 de Granada. Número 4 de Palma de Mallorca. Número 3 de Las Palmas de Gran Canaria. Número 2 de Valladolid. Número 4 de Alicante. Número 5 de Valencia. Número 2 de Badajoz. Número 17 de Madrid. Número 18 de Madrid. Número 3 de Murcia. Número 4 de Murcia. Número 3 de Bilbao.
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