Art. Artículo único

Art. Artículo único

1 / 13
En vigor desde 12 jul 1995
Se aprueba el Estatuto del Consejo Rector de la Zona Especial Canaria, creado como órgano de gobierno y administración del Consorcio de dicha zona especial por la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, el cual se incluye en el anexo al presente Real Decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1995/06/23/1050#articulo-unico