Título TÍTULO II
Art. Disposición final tercera
33 / 33En vigor desde 1 ene 2023
El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
No obstante, el título II y el anexo III entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/12/27/1049#disposicion-final-tercera