Art. Disposición final primera
Título TÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 1 ene 2023
Este real decreto constituye normativa básica y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que reserva al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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