Art. 11
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 11

11 / 155
En vigor desde 1 ene 2023
1. El Sistema Integrado de Gestión y Control definido en el artículo 8, incorporará un Sistema de monitorización de superficies con objeto de proporcionar la información necesaria sobre los indicadores de rendimiento y resultados, que serán incluidos en el informe anual de rendimiento del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España 2023-2027. 2. El Sistema de monitorización de superficies a que hace referencia el párrafo anterior estará operativo a partir del 1 de enero de 2023. 3. Las características del Sistema de monitorización de superficies se detallan en el capítulo III.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2022/12/27/1047#art-11