Art. 10
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

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En vigor desde 1 ene 2023
Los agricultores y ganaderos podrán presentar una solicitud única anual de ayuda para todas las intervenciones basadas en superficie o ganado, ya sean ayudas directas o intervenciones de desarrollo rural. Los detalles de la solicitud única se regulan en el capítulo I del título VI del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
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