Art. [preambulo]
En vigor desde 25 ago 2018
Aprobado el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, con objeto de facilitar el desarrollo del programa político del nuevo Gobierno, y tras el Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales y el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se hace preciso desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, actualizando y reordenando las funciones atribuidas a los órganos superiores y directivos, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos.
La estructura que se desarrolla mediante este real decreto pretende dotar de un enfoque más racional y eficiente a las competencias del Departamento, con el objetivo de dar respuesta a los retos que se plantean como consecuencia de las necesidades demográficas, sociales y tecnológicas.
Como consecuencia de la asunción de las competencias en materia de igualdad por el Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, se debe realizar una adecuación de la estructura del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social con respecto a la ahora existente.
Se crea una nueva Dirección General, que asumirá las competencias de consumo, con el fin de dar un nuevo impulso a la actividad dirigida a garantizar un nivel elevado de protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios, mediante una gestión eficiente y transparente, a través de una unidad de criterio que contribuya a reforzar la confianza de los ciudadanos.
Asimismo, la asunción de estas competencias por la citada Dirección General resulta más acorde con su propia naturaleza jurídica, sobre todo en lo que se refiere al desempeño de funciones de coordinación y de propuesta de regulación en materia de consumo, frente a su asunción por un organismo autónomo al que se atribuye el carácter de organización instrumental de las Administraciones Públicas.
Se refuerza así la función del Departamento dirigida a la protección de los derechos del consumidor, considerada como una de sus prioridades y en el sentido formulado en el artículo 51 de la Constitución Española.
Se establece el mandato de crear como órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, el Observatorio de Salud de la Mujer. Este observatorio tendrá como finalidad la mejora del conocimiento de las causas y determinantes de la salud de la mujer, así como la difusión de conocimientos que contribuyan a promocionar servicios de calidad adecuados y la promoción de análisis y estudios en colaboración con los agentes sociales implicados para conseguir logros en la salud y en la calidad de vida de las mujeres.
Asimismo, se amplían las competencias del hasta ahora Consejo Asesor de Sanidad, que pasa a denominarse Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, y que actuará como órgano consultivo y de asistencia a la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en la formulación de la política sanitaria y bienestar social. Estas nuevas competencias en materia social quedan justificadas por la vinculación existente entre determinadas políticas sanitarias y colectivos que precisan de una mayor protección social como son los enfermos crónicos o los discapacitados.
El real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Así, el real decreto atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, siendo la regulación prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito, sin afectar en forma alguna a los derechos y deberes de la ciudadanía. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio, al adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple también con el principio de transparencia, al quedar claramente identificados los objetivos que persigue el real decreto y no impone nuevas cargas administrativas.
En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2018,
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Proeli/es/rd/2018/08/24/1047#preambulo-pr