Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 25 ago 2018
El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificado mediante Real Decreto 948/2018, de 24 de julio, creó el Ministerio de Economía y Empresa. El Ministerio cuenta con dos órganos superiores: La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y la Secretaría de Estado para el Avance Digital. Posteriormente, se aprueba el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, en el cual se configuran los órganos superiores y directivos de cada departamento y, entre ellos, los del Ministerio de Economía y Empresa. Procede ahora desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Empresa determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel orgánico de subdirección general y definiendo las competencias de cada uno de estos órganos. Adicionalmente, se incorporan nueve disposiciones adicionales y cuatro disposiciones finales. La disposición adicional novena se refiere al Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y la disposición final primera modifica el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es; todo ello con el fin de adaptar los mismos a la nueva estructura orgánica básica del departamento. Se procede por último a modificar el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, con el fin de adaptarlo a la nueva denominación que el Real Decreto 948/2018, de 24 de julio, otorga a la Secretaría de Estado para el Avance Digital. El presente real decreto es coherente con los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia, pues se trata del instrumento más adecuado para garantizar el interés general y la efectiva ejecución de las políticas públicas del Gobierno en la materia. También se adecua al principio de proporcionalidad, pues no existe otra alternativa para crear un nuevo marco orgánico de este departamento. En cuanto a los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, dicha norma se adecua a los mismos pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, y se han evitado cargas administrativas innecesarias o accesorias. En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Economía y Empresa, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2018, DISPONGO:
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eli/es/rd/2018/08/24/1046#preambulo-pr