Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 34
34 / 46En vigor desde 31 mar 2023
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto será sancionado de acuerdo con lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.
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Proeli/es/rd/2022/12/27/1044#art-34