Art. 1
1 / 10En vigor desde 3 ago 2003
Este real decreto tiene por objeto determinar la edad mínima exigida para el gobierno de artefactos náuticos de recreo autopropulsados y sus condiciones de navegación, así como establecer las medidas de seguridad en su utilización en aguas marítimas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción.
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Proeli/es/rd/2003/08/01/1043#art-1