Art. Disposición adicional segunda
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Los interesados cumplirán las obligaciones de información y tramitarán los procedimientos que deriven de este real decreto por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/rd/2017/12/22/1042#disposicion-adicional-segunda