Art. 55
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. 55

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En vigor desde 5 dic 2003
Las insignias de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, concedidas como Gran Cruz, estarán constituidas por la placa descrita en el artículo 51.1 de este reglamento, de tamaño y material diverso, según su lugar de colocación. Cuando se concedan como Cruz, las insignias estarán constituidas por la cruz descrita en el apartado 2 del citado artículo, igualmente de tamaño y material diverso.
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eli/es/rd/2003/08/01/1040#art-55