Art. 12

Art. 12

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En vigor desde 8 mar 1988
Contra las resoluciones dictadas en materia de homologación o convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria, podrán los interesados interponer los recursos administrativos y jurisdiccionales que legalmente procedan.
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eli/es/rd/1988/01/29/104#art-12