Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 17En vigor desde 3 ago 2003
1. Este real decreto tiene por objeto regular el procedimiento para el ejercicio del derecho reconocido a los interesados para instar la intervención de un registrador sustituto cuando el registrador competente no califique el título correspondiente en el plazo máximo legalmente establecido o lo califique negativamente.
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Proeli/es/rd/2003/08/01/1039#art-1