Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 21En vigor desde 3 jul 1999
Se establece un sistema de compensaciones destinado a abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías entre las Illes Balears, o entre éstas y la península, así como del efectuado entre dichas islas y otros territorios de Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados firmantes del Acuerdo sobre el espacio económico europeo.
La aplicación del sistema de compensaciones no podrá dar lugar en ningún caso a un coste efectivo por año natural superior al importe de la consignación que a tal fin figure en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado.
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Proeli/es/rd/1999/06/18/1034#art-1