Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 22 jul 2007
Este real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.13.ª y 23.ª de la Constitución Española en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y legislación básica sobre protección del medio ambiente.
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