Art. 17
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 17

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En vigor desde 22 dic 2022
La protección ocupacional de los trabajadores expuestos se basará en los siguientes principios: a) Evaluación previa de las condiciones laborales para determinar la naturaleza y magnitud del riesgo radiológico y asegurar la aplicación del principio de optimización. b) Clasificación de los lugares de trabajo en diferentes zonas, teniendo en cuenta: la evaluación de las dosis anuales previstas, el riesgo de dispersión de la contaminación y la probabilidad y magnitud de exposiciones potenciales. c) Clasificación de los trabajadores expuestos en diferentes categorías según sus condiciones de trabajo. d) Aplicación de las normas y medidas de vigilancia y control relativas a las diferentes zonas y a las distintas categorías de trabajadores expuestos, incluida, en su caso, la vigilancia individual. e) Vigilancia de la salud. f) Información y formación.
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eli/es/rd/2022/12/20/1029#art-17